sábado, 6 de junio de 2015

Conoce los riesgos del sexting


Conoce los riesgos del sexting, la práctica que consiste en la difusión o publicación de contenidos (principalmente fotografías o vídeos) de tipo sexual utilizando para ello el teléfono móvil u otro dispositivo tecnológico.
Aunque en la mayoría de ocasiones el sexting se relaciona directamente con los menores, la realidad es otra. No sólo este colectivo envía a través de medios telemáticos imágenes o vídeos con contenido erótico, también los adultos realizan esta práctica. De hecho, en los últimos años, varias han sido las noticias que han saltado a la luz en medios de comunicación y redes sociales. Hablamos por ejemplo de casos conocidos como el de la actriz Scarlett Johansson o el cantante Justin Bieber.




Uno de los problemas derivados de esta práctica es el revenge porn (la traducción literal sería “porno venganza”), nombre por el que se conoce a la acción de publicar o difundir fotos o vídeos íntimos sin el permiso de la víctima, generalmente motivado por venganza o despecho ante un conflicto personal o buscando la vejación de la persona (típicos son los casos de ex-parejas). Los contenidos comprometidos podrían incluso acabar subidos en páginas web pornográficas. Además del indudable daño moral que esta situación provoca sobre la persona afectada y su entorno, también ocasionan más de un quebradero de cabeza para conseguir la eliminación de dichas fotos o vídeos en los sitios web que aparecen, resultando en ocasiones ser una “misión imposible”.
Y es que aún hay más. Como ya explicaron desde Genbeta, existen páginas que se dedican a recopilar estas fotografías, indexarlas y eliminarlas sólo si la víctima realiza un pago. Un ejemplo real de esto que os estamos contando es MyEx.com, que permite que cualquiera suba fotografías de sus ex (ya bien sea con o sin ropa, además de admitir comentarios de todo tipo, como preferencias sexuales y demás) y cobra 400 dólares por eliminar el nombre que va asociado a cada foto.
Como veis, el sexting puede poner en riesgo vuestra privacidad, pero también vuestra reputación. ¿Qué consecuencias creéis que puede tener el hecho de que clientes, proveedores o potenciales empleadores, por ejemplo, hagan una búsqueda por Internet y encuentren fotos vuestras en las que aparecéis sin ropa?
Además del revenge porn, no debemos olvidarnos que hay otros riesgos derivados de la práctica del sexting como es la sextorsión que consiste en amenazar a la víctima con difundir los contenidos íntimos si no le envía al extorsionador una determinada cantidad de dinero, o más fotos y vídeos adicionales con contenidos «más explícitos».
 


¿Qué hacer si alguien distribuye imágenes íntimas vuestras?
Según un abogado experto en TIC, habría que dar los siguientes pasos:
  1. Recopilar todas las pruebas: páginas o espacios en los que aparecen las imágenes o vídeos, los nombres de usuario, perfiles o datos que puedan averiguarse de la persona que publica o difunde las imágenes. Y de lo que se haya podido obtener preservar la prueba ante el Juzgado o un notario.
  2. Intentar parar la difusión: contactar con los responsables de las webs o servicios donde estén publicados los contenidos a través de los mecanismos que faciliten para estos casos.
  3. Denunciar: interponer una denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.

Desde la OSI, para evitar cualquier riesgo derivado de esta práctica siempre recomendamos aplicar el sentido común y por supuesto:

  • Pensar antes de enviar una imagen o vídeo personal:
    • porque cuando sale del móvil, se escapa de nuestro control y se convierte en irrecuperable.
    • porque lo que hoy queremos mostrar, igual el día de mañana no.
    • porque a quien se lo enviamos hoy, quizás mañana no sea nuestro amig@. 

  • Pensar antes de enviar una imagen de un amig@:
    • porque el hecho de contar con una fotografía o vídeo en nuestro teléfono móvil no significa que tengamos derecho a hacer con ella lo que queramos. La imagen de otra persona es un dato personal y su uso está protegido por la ley.
    • Porque si no nos gusta que distribuyan imágenes nuestras comprometidas sin permiso, a los demás tampoco.
    • Porque si se trata de imágenes de un menor, el caso es aún más grave. Se considera pornografía infantil la imagen de desnudez protagonizada por quien no ha cumplido los 18 años, y su posesión es un delito. Si nos llegan este tipo de imágenes, hay que bórralas de inmediato.